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jueves, 2 de abril de 2015

La Deuda Externa y la abdicación de la soberanía-Parte 2/2


Deuda externa: renuncia a la soberanía, deber de investigar

Por Eduardo Gómez

La dictadura cívico-militar del 76 modificó el Código de Procedimiento Civil y Comercial Nacional, y renunció a la soberanía, modificando el artículo que establecía: â??La competencia atribuida a los tribunales nacionales es IMPRORROGABLEâ??.

La Constitución solo admite la prórroga de jurisdicción en dos casos: cuando se trata de cuestiones de derechos humanos o por tratados de integración en organismos supranacionales. El resto de la jurisdicción, es decir el derecho de juzgar cuestiones de materia federal como la deuda pública, es exclusiva de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores de la Argentina.

Martínez de Hoz, y todos los ministros de Economía del proceso y de los gobiernos democráticos, firmaron y renunciaron a la soberanía judicial y la depositaron en la justicia norteamericana.

Así se dictó la Ley de Entidades Financiera 21.526/77 â??aún vigenteâ?? intocada y reafirmada con el discurso de la Presidenta en la apertura de sesiones legislativas haciendo referencia a la misma con un â??no se tocaâ??.

Por decreto 319/2004 publicado en el Boletín Oficial y ratificado a posteriori por la actual Presidenta dice: â??Autorízase la prórroga de la jurisdicción a favor de los tribunales estadounidenses y federales ubicados en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de America, y a la renuncia a oponer la defensa de inmunidad soberana, incluida en la carta de contrataciónâ?¦â??

Esto de por sí es inconstitucional, es haber regalado nuestra soberanía por decretos, con el silencio del Poder legislativo, judicial, políticos, muchos constitucionalistas, medios de comunicación.

Salvo honrosas excepciones como Pino Solanas, Mario Cafiero, Jorge Rulli, Adrián Salbuchi, Miguel Ã?ngel de Renzis, Héctor Giuliano. Recientemente Cafiero junto con otros patriotas presentaron ante la justicia un pedido para declarar inconstitucional dichos decretos, pero fue desestimado por estar en feria judicial.

Mientras, en todos los medios tanto oficialistas como privados desfilan permanentemente los hombres que tuvieron que ver con la negociación de la deuda, y todos con un mismo mensaje: â??Pagarâ??. Pero quien debe pagar una deuda que fue declarada ilegal, inmoral, fraudulenta y en perjuicio del país es el pueblo argentino.

El histórico fallo es conocido como sentencia del Juez Ballesteros â??que luego de 20 añosâ?? la eleva al Congreso para que se investigue el fraude y determine la deuda legítima e ilegitima.

Debe continuar encajonada, mientras que Martínez de Hoz jamás fue juzgado y sentenciado, y gozó de amplia libertad hasta su muerte. A los 10 años la causa prescribió, y esta garantía la tuvo y la tuvieron los Ministros de Economía, cuyos actos contrarios al país no serán investigados.

La Presidenta dijo que en los últimos 10 años honró la deuda y pagó 190 mil millones de dólaresâ?¦entonces ¿a cuánto ascendió y cuánto se debe a la fecha?

Se premió a la usura financiera, contraria a los principios y valores cristianos, y encima se pagó un interés del 300 %. ¿Alguna jubilación recibió semejante interés, o el decreto que vetó el 82 % a los jubilados se hizo para â??honrar la deudaâ?? a costa del sufrimiento y privaciones del pueblo argentino? Obsérvese que nunca están los jubilados ni centros de jubilados en los grandes medios tanto del grupo Clarín como oficiales. ¿No les parece extraño? ¿Hay una directriz común para que no se oigan sus voces?

Se honra lo que es sano, bueno, los actos dignos, que expresan valores de justicia y solidaridad. Las estafas â??como es la Deudaâ?? no se honran, son estafas y como tal deben investigarse. Pues no solo tuvo el objeto de endeudarnos sino que la renegociemos siempre, para que nunca la cancelemos y que paguemos con altos intereses usureros, y en un futuro con territorios. Decía un dirigente: nacimos pagando y morimos debiendo.

Merece destacarse la obra Todo lo que usted quiso saber sobre la deuda externa y siempre se lo ocultaron â??que recomiendo leerâ?? del patriota Alejandro Olmos, así como la auditoría que mandara a realizar el Dr. Grinspun, ex Ministro de Economía de Alfonsín, pero que lamentablemente desapareció luego de su renuncia y cambió el rumbo de la renegociación sin cuestionar lo legítimo de lo ilegítimo que estuvo a cargo de Daniel Marx, y con la venida de Menem en manos de Cavallo, y con Kirchner en Lavagna y Nielsen.

A estos economistas, y otros, se los llama el Partido de la Deuda: â??Pagar, pagarâ??â?¦.esos si, ninguno propone que se investigue o que se haga una Comisión Nacional de investigación de la deuda externa, similar a la que en su momento la CONADEPA.

La justicia argentina tiene que declarar la nulidad absoluta de los actos delictuales investigados en la causa â??Olmosâ?? y proseguir con las demás demandas, incluyendo las del escandaloso Megacanje de 2001 y el Canje 2005-10.

El Congreso de la Nación debe también desempolvar la causa â??Olmosâ?? y exigirle al Poder Ejecutivo que pida nulidades y demande la reparación del daño a los que resultaron contraparte de la Nación en los actos ilícitos.

Los únicos privilegiados deben ser los acreedores internos de la deuda social, los empresarios, los trabajadores, los jubilados, las provincias, y no los acreedores externos de una deuda ilegítima e ilegal que condiciona a la miseria y al atraso al pueblo argentino.+ (PE)


Parte 1

http://www.taringa.net/posts/economia-negocios/18577085/La-Deuda-Externa-y-la-abdicacion-de-la-soberania-Parte-1-2.html

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